° El Instituto Nacional de Capacitación Obrera, que funcionará en Bogotá bajo la dependencia del Ministerio del Trabajo, tendrá el siguiente personal directivo docente, con las asignaciones que a continuación se señalan: Un Director $ $1.100.00 mensuales Un Secretario Profesor 800.00 none Una Mecanotaquígrafa. 280 .00 none Un Portero Mensajero 180.00 none Dos (2) Aseadoras, cada una a 120.00 none Un Capellán Profesor 300.00 none Cinco (5) Profesores para la Sección Elemental, cada uno a 300.00 none Seis (6) Profesores para cursos de Capacitación Sindical, cada uno a 200.00 "
Decreto 601 de 1955 →Vigente
Artículo 1
El Instituto Nacional De Capacitación Obrera, Que Funcionará En Bogotá Bajo La Dependencia Del Ministerio Del Trabajo, Tendrá El Siguiente Personal Directivo Docente, Con Las Asignaciones Que A Continuación Se Señalan: Un Director $ $1
Decreto 601 de 1955 · Por el cual se determina el personal Directivo del Instituto Nacional de Capacitación Obrera y se fijan sus asignaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.