Micelio

Artículo 5

º Adóptase La Siguiente Nota Adicional En El Arancel De Aduanas: "las Importaciones De Diesel Marino De La Subpartida 2710005010, Efectuadas Por La Empresa Colombiana De Petróleos Para La Generación De Energía Eléctrica Dentro De Los Planes De Emergencia Trazados Por El Gobierno Nacional, Tendrán Un Gravamen Del 0%, Mientras Dure El Actual Racionamiento De Energía Eléctrica"

Decreto 2074 de 1992 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Adóptase la siguiente Nota Adicional en el Arancel de Aduanas: "Las importaciones de diesel marino de la subpartida 2710005010, efectuadas por la Empresa Colombiana de Petróleos para la generación de energía eléctrica dentro de los planes de emergencia trazados por el Gobierno Nacional, tendrán un gravamen del 0%, mientras dure el actual racionamiento de energía eléctrica".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2074 de 1992