Micelio

Artículo 4

Los Sueldos, Viáticos Y Demás Gastos Que Ocasione El Correcto Funcionamiento Del Departamento Nacional De Conservación De Carreteras Y Puentes, Se Pagaran Con Las Partidas Destinadas En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Publicas A Estos Fines

Decreto 4150 de 1949 · Por el cual se crea el Departamento Nacional de Conservación de Carreteras y Puentes

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los sueldos, viáticos y demás gastos que ocasione el correcto funcionamiento del Departamento Nacional de Conservación de Carreteras y Puentes, se pagaran con las partidas destinadas en el presupuesto del Ministerio de Obras Publicas a estos fines. Los sueldos y viáticos serán fijados en decretos posteriores.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4150 de 1949