A la llegada de un vehículo autorizado para el transporte internacional a un puesto aduanero de cruce fronterizo, el conductor o uno de los miembros de la tripulación presentará al funcionario del puesto fronterizo los siguientes documentos, según el tipo de transporte que se efectúe
Para pasajeros
Libreta del vehículo o permiso de internación, según se trate de exportación o internación temporal;
Lista de pasajeros;
Documentos de identificación del conductor o conductores y demás miembros de la tripulación, en los cuales se acredite su vinculación a la empresa.
Para carga: Ademas de los documentos señalados en los literales a) y c) del numeral anterior, se deberá presentar el Manifiesto de Carga Internacional.
Para encomiendas: Se deberá presentar al funcionario aduanero del puesto fronterizo, además de la documentación de que tratan los literales a) y c) del numeral 1 de este artículo, el Manifiesto de Encomienda.