Micelio

Artículo 2

, Del Presupuesto Vigente

Decreto 2874 de 1947 · Por el cual se hacen unas modificaciones en el personal del Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Hácense las siguientes supresiones en el personal del ramo de Telégrafos, en el Ministerio de Correos y Telégrafos: DEPARTAMENTO DE NARIÑO Oficina Mixta de Samaniego. La plaza de Auxiliar 2º, con asignación mensual de 126.00 Cargo que viene desempeñando el señor Rafael Alava. DEPARTAMENTO DEL TOLIMA Oficina Mixta de Lisboa. La plaza de Cartero, con asignación mensual de 36.00 cargo que viene desempeñando el señor Daniel Antonio Ospitia. Suma 162.00

Parágrafo

Las partidas anteriores corresponden al Capítulo 86, artículo 1811, del Presupuesto vigente

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2874 de 1947