Artículo primero. Auméntase hasta cuarenta millones de pesos ($ 40.000.000.00) la cuantía señalada en el
Parágrafo
del artículo primero del Decreto 406 de 18 de marzo de 1970.
Decreto 2793 de 1973 · Por medio de la cual se modifican los Decretos 2222 de 1962 y 406 de 1970
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo primero. Auméntase hasta cuarenta millones de pesos ($ 40.000.000.00) la cuantía señalada en el
del artículo primero del Decreto 406 de 18 de marzo de 1970.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.