Micelio

Artículo 11

Podrán Fijarse Viáticos Hasta De Trescientos Pesos Diarios Cuando La Remuneración Será De Entre Mil Doscientos Y Tres Mil Seiscientos Setenta Pesos Mensuales, Y La Comisión Deba Cumplirse Fuera Del Lugar Habitual De Trabajo

Decreto 1436 de 1975 · Por el cual se dictan normas sobre viáticos, gastos de representación y pasajes en el servicio oficial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Podrán fijarse viáticos hasta de trescientos pesos diarios cuando la remuneración será de entre mil doscientos y tres mil seiscientos setenta pesos mensuales, y la comisión deba cumplirse fuera del lugar habitual de trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1436 de 1975