º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1974: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 136 Dirección General de Servicios Administrativos Programa 136-A Pago de Vigencias Expiradas Servicios Personales Artículo 1463-D. Para el pago de las deudas de vigencias expiradas por concepto de servicios personales, mediante resoluciones de reconocimientos que requieran la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 50.000 Gastos Generales Artículo 1463-E. Para el pago de las deudas de vigencias expiradas por concepto de gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 950.000 Suma el crédito adicional: $ 1.000.000
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Abrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Capítulo 136 Dirección General De Servicios Administrativos Programa 136-A Pago De Vigencias Expiradas Servicios Personales Artículo 1463-D
Decreto 1270 de 1974 · Por el cual se hace un contracrédito y se abre unos crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Defensa Nacional), por $ 8.374.182.00.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.