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Artículo 19

La Clasificación Señalada A Una Empresa Podrá Ser Modificada Cuando Varíe El Grado De Los Factores Tenidos En Cuenta Para Su Clasificación Anterior

Decreto 1393 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional del Transporte Terrestre Automotor

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La clasificación señalada a una empresa podrá ser modificada cuando varíe el grado de los factores tenidos en cuenta para su clasificación anterior. El Instituto Nacional del Transporte propiciará la transformación e integración de las empresas existentes o clasificadas en categoría inferior con el fin de obtener una de clasificación superior.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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