Micelio

Artículo 18

Ley 20 de 1979 · Por la cual se crean estímulos al contribuyente, se fomenta la capitalización del país y se dictan otras disposiciones en materia tributaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el negocio de ganadería bovina, el valor de los semovientes no podrá ser inferior al precio comercial en 31 de diciembre del respectivo ejercicio fiscal determinado anualmente por el Gobierno por intermedio del Ministerio de Agricultura, teniendo en cuenta los precios de los mercados regionales.

Este valor hará parte del patrimonio base de la renta presuntiva cualesquiera sea la edad, raza y sexo.

Parágrafo

El ganado de cría y leche solo se computará para efectos de la determinación de la renta presuntiva en el 50% de su valor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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