Micelio

Artículo 79

Farmacia

Decreto 2205 de 1968 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Departamento Médico de la Caja Nacional de Previsión.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Farmacia. Es una dependencia de la sección de servicios paramédicos. Sus funciones consisten en preparar y despachar todos los pedidos y las prescripciones formuladas por el personal médico de la clínica para pacientes hospitalizados o ambulatorios. El servicio de farmacia contara con el siguiente personal: 1.°. Farmacéutico, jefe del servicio. 2.°. auxiliares de farmacia. Son funciones del jefe del servicio de farmacia: a) elaborar el proyecto de reglamento interno y someterlo a aprobación superior; b) elaborar un vademecum de medicamentos; c) controlar las farmacias de las secciones; d) rendir informe mensual de sus actividades y particularmente a la división de procesamiento de datos; e) elaborar los proyectos de pedidos de drogas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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