Micelio

Artículo 2.5.5

Funciones De La Mesa De Equidad

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Mesa de Equidad. Para el cumplimiento de sus objetivos, la Mesa de Equidad tendrá las siguientes funciones:

1.

Establecer lineamientos para la focalización territorial y/o poblacional de los programas de las entidades del Gobierno nacional orientados a la reducción de la pobreza, de acuerdo con los criterios de entrada de cada programa.

2.

Establecer y aprobar directrices para la estructuración, modificación o rediseño de las estrategias nacionales, de acuerdo con el análisis de pertinencia y focaliza­ción realizado por la Secretaría Técnica de la Mesa de Equidad, para la reducción de la pobreza y la sostenibilidad en la generación de ingresos de la población vulnerable o emergente.

3.

Establecer lineamientos con acciones y estrategias a ser aplicadas por los inte­grantes de la Mesa en el marco de sus competencias, orientadas a remover las principales barreras relacionadas con las inequidades de oportunidades y des­igualdades que afecten la inclusión social y productiva de la población.

4.

Definir metas anuales de atención para cada una de las entidades nacionales par­ticipantes de la Mesa de Equidad, que den respuesta a los indicadores de segui­miento del Plan Nacional de Desarrollo.

5.

Proveer lineamientos para la priorización de recursos de acuerdo con las priori­dades territoriales y poblacionales, enfocadas hacia la reducción de la pobreza.

6.

Brindar lineamientos a las instancias de coordinación con enfoque diferencial y territorial que contribuyan a superar las privaciones que afectan a los sujetos de protección especial, para la superación de la pobreza.

7.

Generar recomendaciones en los diferentes Espacios de Articulación Territorial para los programas de orden territorial que aporten a la reducción de la pobreza.

8.

Realizar seguimiento, a través del Tablero de Control de que trata el artículo 2.5.12. del presente Decreto, a los resultados de focalización y al proceso de im­plementación de los programas o proyectos del Gobierno nacional encaminados a la reducción de la pobreza y la reducción de otras inequidades.

9.

Presentar los resultados de gestión, previa aprobación de las entidades que con­forman la Mesa de Equidad, como mínimo una vez al año.

10.

Aprobar su reglamento interno y el de las instancias que la conforman.

Parágrafo

Todas las decisiones que se tomen en la Mesa de Equidad tendrán en cuenta la disponibilidad presupuestal, el Marco de Gasto de Mediano Plazo, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Plan Plurianual de Inversiones. Adicionalmente se tendrá en cuenta la Hoja de Ruta Única para la implementación de la política de estabilización.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1084 de 2015