Micelio

Artículo 2

Los Vehículos Importados Al Amparo De Tratamiento Establecido Por El Artículo Anterior, Sólo Podrán Matricularse Ante Autoridad Competente, Exclusiva Permanente E Indefinidamente A Nombre De Las Entidades Y Para La Prestación De Los Servicios Especificados En Dicho Artículo

Decreto 1611 de 1965 · Por el cual se fijan gravámenes para la importación de chasises para buses

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los vehículos importados al amparo de tratamiento establecido por el artículo anterior, sólo podrán matricularse ante autoridad competente, exclusiva permanente e indefinidamente a nombre de las entidades y para la prestación de los servicios especificados en dicho artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1611 de 1965