ARTICULO 74. División de Operación Técnica . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector, son funciones de la División de Operación Técnica, las siguientes
Coordinar y controlar la prestación del servicio de procesamiento automático de información de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Coordinar y resolver los problemas de soporte físico y adecuaciones técnicas de la Dirección;
Realizar la producción de la Subdirección;
Administrar el centro de cómputo de la Subdirección;
Establecer normas técnicas referentes a la administración de los equipos computacionales y centros de cómputo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en coordinación con la Oficina de Planeación:
Las demás que le sean asignadas por el Subdirector de Informática.