Micelio

Artículo 3

A Partir Del P De Enero De 1982, El Cuarenta Por Ciento (40%) De La Asignación Básica Mensual Que Corresponde A Los Empleos De Director General De Programa Especial; Directo Regional De Programa Especial Y Jefe De Unidad, Tendrá El Carácter De Gastos De Representación

Decreto 120 de 1982 · Por el cual se establece las escalas de remuneración del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del P de enero de 1982, el cuarenta por ciento (40%) de la asignación básica mensual que corresponde a los empleos de Director General de Programa Especial; Directo Regional de Programa Especial y Jefe de Unidad, tendrá el carácter de gastos de representación. Para el empleo de Jefe de División Especial el treinta por ciento (30%) de la asignación básica mensual tendrá el carácter de gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 120 de 1982