°. Modificación del artículo 11.2.5.1.4 del Decreto 2555 de 2010: Modifíquese el artículo 11.2.5.1.4 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así: "Artículo 11.2.5.1.4. Régimen de Transición . La Superintendencia Financiera de Colombia certificará, a partir del 1° de octubre de 2010, el interés bancario corriente aplicable a la modalidad de microcrédito de acuerdo con la definición contemplada en el numeral 1 del artículo 11.2.5.1.2 del Decreto 2555 de 2010, adoptando para el efecto una metodología que permita ajustar la tasa de esta modalidad crediticia a las tasas de interés del mercado, a lo largo de un período de doce (12) meses contados a partir del momento de la certificación. Transcurrido el plazo mencionado la certificación se efectuará de conformidad con establecido en el artículo 11.2.5.1.1 del presente decreto".
Decreto 3590 de 2010 →Vigente
Artículo 1
Modificación Del Artículo 11
Decreto 3590 de 2010 · por medio del cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 respecto a la certificación del interés bancario corriente aplicable a la modalidad de microcrédito.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.