Micelio

Artículo 1

Hácese El Siguiente Contracrédito Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971: Presupuestos De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Deuda Pública Nacional Capitulo 161 Dirección General De Crédito Público Programa 183 Otras Amortizaciones Deuda Perpetua Consolidada E Irredimible Deuda Interna De Los Ferrocarriles Nacionales De Colombia 510 Artículo 1733

Decreto 1985 de 1971 · Por el cual se hace un contracrédito y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público-Deuda Pública Nacional, y Obras Públicas), por $ 50.000.000.00

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Presupuestos de funcionamiento Ministerio de Hacienda y Crédito Público Deuda Pública Nacional CAPITULO 161 Dirección General de Crédito Público Programa 183 Otras Amortizaciones Deuda Perpetua consolidada e irredimible Deuda interna de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia 510 Artículo 1733. Para atender directamente o para reintegrar a los Ferrocarriles Nacionales de Colombia (ex Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales), el pago del pasivo a cargo de la Nación, por concepto de prestaciones sociales anteriores al 1º de diciembre de 1954, de conformidad con el Decreto-ley número 3129 de 1954, así: 306 501 1° Pasivo social $ 156.346.679 De los cuales se utilizan para este contracrédito $50.000.000 Suma el contracrédito $50.000.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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