En virtud de este principio:
Las autoridades disciplinarias deberán actuar teniendo en cuenta que la finalidad de los procedimientos consiste en propender a investigar la verdad de los hechos y sancionar a los responsables, garantizando los derechos de las personas sin discriminación alguna.
Toda decisión que se adopte en el proceso disciplinario se motivará en forma detallada y precisa.
No podrá investigarse una misma conducta más de una vez.
Los investigados tendrán la oportunidad de conocer y controvertir por los medios legales las decisiones adoptadas.