°. Régimen de liquidación . En los términos del
del artículo 1° del Decreto-ley 254 de 2000, por tratarse de una sociedad de responsabilidad limitada del orden nacional sometida al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, vinculada al Ministerio de Minas y Energía, el régimen aplicable a la liquidación de la Empresa Nacional Minera Ltda. “Minercol Ltda.”, será en primer término el consagrado en el Código de Comercio y, en lo no previsto por tal ordenamiento, se aplicará lo dispuesto por el Decreto-ley 254 de 2000.