Las infraestructuras de los bancos de leche humana deberán cumplir con el certificado de buenas prácticas otorgado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), requisitos de inocuidad y tendrá funciones de recepción, almacenamiento, reenvase y distribución de leche humana. El funcionamiento de estos será definido por el Gobierno nacional, en el marco de la política pública creada.
Con el fin de garantizar el funcionamiento de los bancos de leche humana, se podrán realizar acuerdos bilaterales de cooperación y alianzas público-privadas. Se permite donación de infraestructura, dotación de equipos o implementos por parte de entidades privadas, públicas u organizaciones sin ánimo de lucro, siempre y cuando estas sean a título gratuito y no representen un conflicto de interés con respecto al objeto social que desarrollan.