Micelio

Artículo 2

El Artículo 5° Del Decreto 1118 De 1994, Modificado Por El Artículo 2° Del Decreto 803 De 1995 Y Por El Artículo 2° Del Decreto 550 De 1997, Quedará Así: Artículo 5°

Decreto 432 de 2004 · por el cual se modifican los artículos 3°, 5° y 7° del Decreto 1118 de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El artículo 5° del Decreto 1118 de 1994, modificado por el artículo 2° del Decreto 803 de 1995 y por el artículo 2° del Decreto 550 de 1997, quedará así: Artículo 5°. Porcentaje Mínimo de Integración Nacional (PIN) . Las empresas ensambladoras de motocicletas y motonetas deberán cumplir anualmente con un Porcentaje de Integración Nacional (PIN) mínimo del diecisiete por ciento (17%).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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