Son funciones de la División de Estudios Urbanos y Areas Metropolitanas: a). Establecer las deficiencias cuantitativas y cualitativas del equipamiento físico y social de los centros urbanos del país, así como recomendar las medidas para corregirlas; b). promover y adelantar los estudios necesarios para determinar el potencial económico de los Municipios y de las Areas Metropolitanas, con el objeto de fijar políticas adecuadas de desarrollo urbano; c). Estudiar, conjuntamente con las Oficinas de Planeación Municipal, aspectos sobre la planeación urbana y normas mínimas para el ordenamiento físico y crecimiento de las ciudades. d). Estudiar, conjuntamente con las Oficinas de Planeación de las Areas Metropolitanas, aspectos sobre planeación metropolitana y normas mínimas para el ordenamiento físico y crecimiento de las áreas. e). Promover, participar en la elaboración y coordinar los estudios básicos para la formulación de la política del Gobierno Nacional en el sector vivienda y evaluar la marca de los programas de dicho sector; f). Las demás que se le señalen o asignen. 3. División de Asistencia Técnica, Departamental y Municipal.
Decreto 627 de 1974 →Vigente
Artículo 29
Son Funciones De La División De Estudios Urbanos Y Areas Metropolitanas: A)
Decreto 627 de 1974 · por el cual se reestructura el Consejo Nacional de Política Económica y Social y el Departamento Nacional de Planeación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.