Micelio

Artículo 1

Apruébase El Acuerdo Número 0005 Del 3 De Abril De 1998, Expedido Por El Consejo Directivo Del Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario –Inpec– Cuyo Texto Es El Siguiente: “acuerdo Numero 0005 De 1998 (Abril 3) Por El Cual Se Modifica El Acuerdo 0001 Del 2 De Febrero De 1998

Decreto 1216 de 1998 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 0005 del 3 de abril de 1998 del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –Inpec–.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Apruébase el Acuerdo número 0005 del 3 de abril de 1998, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –Inpec– cuyo texto es el siguiente: “ACUERDO NUMERO 0005 DE 1998 (abril 3) por el cual se modifica el Acuerdo 0001 del 2 de febrero de 1998. El Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –Inpec–, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el numeral 6 del artículo 9° del Acuerdo del Consejo Directivo número 0017 del 12 de diciembre de 1996, aprobado por el Decreto 300 del 7 de febrero de 1997 y del Decreto 2160 de 1992, ACUERDA: Artículo 1°. Modificar el artículo 3° del Acuerdo 0001 de 1998 en lo pertinente al Comité Técnico del nivel central del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, en cuanto a su conformación, el cual quedará así: El Secretario General, quien lo presidirá. Asesor de la Dirección General o su delegado, designado por el Director General. Los Subdirectores, Jefes de Oficina y Jefes de División del Instituto, de acuerdo al tipo de licitación que se vaya a efectuar. El Jefe de la Oficina de Planeación. El Jefe de la Oficina Jurídica. El Jefe de la División Financiera, quien actuará con voz pero sin voto. El Presidente nombrará al Secretario del Comité Técnico, quien será un funcionario adscrito a la Dirección General; y podrá invitar a las sesiones a aquellos funcionarios del Instituto o personas que requieran de acuerdo con el asunto a tratar. Artículo 2°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación mediante Decreto por el Gobierno Nacional, modifica el Acuerdo 0001 de 1998 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de abril de 1998. Comuníquese y cúmplase. La Presidente (Fdo.), Almabeatriz Rengifo López. El Secretario (Fdo.), Manuel A. Marín Cerón”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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