Son obligaciones del agente:
Representar al armador en todas las relaciones referentes a contratos de transporte;
Gestionar todos los problemas administrativos relacionados con la permanencia de la nave en puerto;
Hacer entrega a las respectivas autoridades aduaneras y a órdenes del destinatario, de las mercancías transportadas por la nave;
Representar judicialmente al armador o al capitán en lo concerniente a las obligaciones relativas a la nave agenciada;
Responder personal y solidariamente con el capitán de la nave agenciada, por la inejecución de las obligaciones relativas a la entrega o recibo de las mercancías;
Responder por los objetos y valores recibidos;
Responder personalmente cuando ha contratado un transporte o flete sin dar a conocer el nombre de la empresa o nave agenciada, y
Responder solidariamente con el armador y el capitán, por toda clase de obligaciones relativas a la nave agenciada que contraigan estos en el país.