º . Administración y pago del subsidio. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 1152 de 2007, el Incoder administrará los recursos del subsidio para adecuación de tierras, bien sea directamente, o a través de la celebración de contratos de encargo fiduciario o de fiducia pública. Por su parte, el pago del subsidio se realizará de conformidad con las reglas establecidas en la Ley 1152 de 2007, y con sujeción a las disposiciones que sobre el particular expidan el Incoder y su consejo directivo, en ejercicio de sus atribuciones.
Decreto 1 de 2008 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1 de 2008 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1152 de 2007, en lo relacionado con el subsidio para la adecuación de tierras.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.