En la Ley de Apropiaciones de cada vigencia se destinará todos los años a favor de los Municipios y de los Departamentos la suma que corresponde a cada una de las entidades, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 1º de la presente Ley.
Ley 28 de 1945 →Vigente
Artículo 2
Ley 28 de 1945 · Por la cual se sustituye el artículo 12 de la Ley 37 de 1931
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.