Micelio

Artículo 141

Decreto 184412201 de 1844 · Reglamentario de la renta del tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 141. El día 2 de Septiembre de cada año al tiempo de hacer la visita mensual examinarán los Gobernadores el resumen general de cargo i data de especies i caudales que se haya puesto en el libro de la administración, i comparándolo con las sumas de los respectivos ramos de ingreso i egreso en todo el año trascurrido hasta el 31 de Agosto anterior, pondrán el V.B. a los estados jenerales del año, que deberán presentarles por cuatriplicado los administradores, i que deben dar el mismo resultado del resumen; o les harán las observaciones a que dieren lugar, remitiendo los ejemplares del estado general a las mismas oficinas a las cuales se remite el estado mensual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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