Modificar el artículo 20 de la Resolución 100-000040, el cual quedará así: ARTÍCULO
20. Funciones del Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios. El Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios tendrá, además de las funciones señaladas, en el artículo 14 del Decreto 1736 de 2020, las siguientes: 20.1 Construir en conjunto con los demás funcionarios responsables y hacer el correspondiente seguimiento a la política de supervisión de la Entidad en los asuntos de su competencia. 20.2 Diseñar según los lineamientos del Superintendente de Sociedades, las políticas, procesos y metodologías de supervisión relacionadas con las Lefr1 la Superintendencia de SociSades uaba3amos pera plOrllO'vcr ' Pá ma 1 3 Línea única de atención t ciudadano: 01.8000.114310 Tel aootá. 601) 2201000 W.W. ( VIDA .# COLOMBIA POTENCEA DE LA Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo - BIC, las prácticas de buen gobierno corporativo, la prevención de¡ riesgo de lavado de activos, o SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES financiación de] terrorismo, proliferación de armas de destrucción masiva y del soborno transnacional y otros delitos e implementar lo dispuesto en el "Capítulo XV: Recomendaciones Administrativas Sobre La Presentación De¡ Reporte De Sostenibilidad" de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades. 20.3 Implementar según los lineamientos de¡ Superintendente de Sociedades, medidas pedagógicas dirigidas a fomentar en el sector real de la economía: (i) la adopción de altos estándares de buen gobierno corporativo, (u) la adopción de la condición de beneficio de interés colectivo, (iii) la adopción de programas de transparencia y ética empresarial; (iv) la prevención y mitigación de¡ riesgo de soborno transnacional, (y) la prevención y mitigación de¡ riesgo de lavado de activos, financiación de¡ terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva, entre otros asuntos relacionados con la Delegatura; (vi) implementar lo dispuesto en el "Capítulo XV: Recomendaciones Administrativas Sobre La Presentación De¡ Reporte De Sostenibilidad" de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades. 20.4 Definir los términos y condiciones en que se pueden hacer los requerimientos de información a las Entidades sujetas a supervisión por parte de la Superintendencia de Sociedades. 20.5 Determinar los formularios y parámetros para la solicitud y recepción de la información financiera, económica, jurídica y contable. 20.6 Dirigir según los lineamientos de¡ Superintendente de Sociedades, las publicaciones en temas de derecho societario, información financiera y aseguramiento de la información, supervisión societaria y contable, buenas prácticas, prevención de¡ riesgo de lavado de activos, financiación de¡ terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva, gobierno corporativo, soborno transnacional y otros delitos y las sociedades de beneficio e interés colectivo, entre otras. 20.7 Efectuar según los lineamientos de¡ Superintendente de Sociedades, contactos con Entidades externas para generar y administrar convenios de intercambio de información e investigación, con el objetivo de establecer agendas complementarias y conjuntas acordes con las políticas de supervisión de la Superintendencia de Sociedades. 20.8 Generar estadísticas institucionales dentro de los asuntos que sean competencia de la Delegatura, cuando ello sea necesario para el control de sus funciones o sea requerido por el Superintendente de Sociedades. 20.9 Dirigir el proceso de determinación de la muestra de Entidades que serán requeridas para el envío de información financiera, económica, jurídica o contable, siguiendo los lineamientos fijados por el Superintendente de Sociedades. En la Superinlendencia de Sociedades trabajarnos para promover . n - empresas innovadoras. productWas y sostenIbles. www.supersodedadetgov.co webanastare,upersodad.dSgov.co línea mita de atención al ciudadano: 01.6000. 114310 -- e r Tel Begot4: (601) 2201000 •.irr - Cotombla COLOMBIA IR*VIDA 0 POTENCEADELA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 20.10 Dirigir y coordinar la solicitud de información financiera, económica, jurídica y contable a las Entidades obligadas a remitirla y exigir su entrega. 20.11 Dirigir y coordinar todo lo relacionado con la recepción de la información empresarial (financiera y no financiera), de las sociedades sometidas a su supervisión. 20.12 Dirigir y coordinar todo lo relacionado con la captura de la información financiera, económica, jurídica y contable, de las sociedades sometidas a su supervisión. 20.13 Dirigir el proceso sancionatorio en contra de las Entidades que sin justificación omitan el cumplimiento del envío de la información empresarial (financiera y no financiera) solicitada por la Entidad. 20.14 Interrogar bajo juramento a cualquier persona cuyo testimonio pueda resultar útil para el esclarecimiento de los hechos que requiera, así como practicar las pruebas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones. 20.15 Suscribir los actos administrativos que resuelvan los recursos de apelación o las solicitudes de revocatoria directa contra los actos administrativos proferidos por los Directores adscritos a la Delegatura. 20.16 suscribir los actos administrativos que resuelvan los recursos de apelación o las solicitudes de revocatoria directa contra los actos administrativos proferidos por las Intendencias Regionales relacionados con el incumplimiento en el envío de información financiera. 20.17 Resolver de oficio o a petición de parte sobre la pérdida de ejecutoria de los actos administrativos proferidos por su despacho o de los proferidos por las dependencias adscritas. 20.18 Adoptar las medidas, órdenes o sanciones cuando haya lugar a ello, en desarrollo de las investigaciones administrativas que adelante. 20.19 Divulgar los estudios económicos, financieros y contables que realice la Delegatura conforme a los lineamientos que señale el Superintendente de Sociedades. 20.20 Presentar recomendaciones de política pública al Superintendente de Sociedades, dirigidas a prevenir y mitigar riesgos, en desarrollo de la política de supervisión de la Entidad. 20.21 Proponer al Superintendente de Sociedades modelos y aplicaciones para valorar y predecir riesgos a nivel nacional, regional, sectorial y empresarial, de conformidad con lo dispuesto en la política de supervisión. Evaluar el cumplimiento de las normas de contabilidad en la presentación de la información financiera, individual y consolidada, de las Entidades sujetas a la supervisión, incluidas aquellas en trámite concursal en la Superintendencia de Sociedades y ordenar los correctivos necesarios cuando corresponda. n la Superintendencia de Sociedades trabajamos para promover - Pá 1 na 15 empr vw::ibtes. tinca única de atandón it dudadana: O1-a000.11 43 10 -- -- TctBogot4;t6O1)2201000 r - CoLombia F " COLOMBIA POTENDA DE LA VIDA o 20.22 Evaluar y actualizar la forma de presentación y registro de la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES información financiera de los sujetos de supervisión especial que así lo requieran, conforme con los lineamientos que para el efecto establezca el Superintendente de Sociedades. 20.23 Adelantar las aproximaciones con autoridades locales y de otros países con el fin de negociar instrumentos de cooperación para la lucha conjunta de la corrupción local y transnacional, para la firma de¡ Superintendente de Sociedades. 20.24 Dirigir las funciones asignadas a la Superintendencia de Sociedades relacionadas con la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el soborno de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales y demás previstas en la Ley 1778 de 2016 o la norma que la sustituya, modifique o adicione. 20.25 Proferir , los siguientes actos administrativos dentro de las investigaciones por soborno transnacional en los términos de la Ley 1778 de 2016: el de pliego de cargos o archivo de la investigación, el que determina los beneficios por colaboración y la existencia de responsabilidad de las personas jurídicas por hechos de soborno trasnacional e impone las correspondientes sanciones y los relacionados con la renuencia a suministrar información dentro de la actuación de soborno trasnacional. 20.26 Gestionar cuando corresponda, el trámite de comisión de los funcionarios de la Superintendencia de Sociedades a territorio extranjero para la práctica de pruebas, en el marco de la Ley 1778 de 2016. 20.27 Dirigir las actuaciones administrativas de que trata el artículo 35 de la Ley 1778 de 2016 o la norma que lo sustituya, modifique o adicione. 20.28 Supervisar el desarrollo de las acciones tendientes a instruir a sus vigiladas y a supervisar la prevención de¡ riesgo de lavado de activos, financiación de¡ terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, en las sociedades supervisadas. 20.29 Dirigir el ejercicio de las funciones que correspondan a esta Superintendencia en relación con las sociedades que voluntariamente adopten la condición de Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo - BIC. 20.30 Dar instrucciones a las intendencias regionales con el objeto de que adelanten visitas, tomas de información, práctica de pruebas y en general cualquier tipo de investigación administrativa necesaria o conducente para el cumplimiento de las funciones de supervisión encargadas a la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios. 20.31 Dirigir las actuaciones necesarias para declarar la disolución de sociedades no operativas, en los términos de¡ artículo 144 de Ley 1955 de 2019 y su reglamentación. En la Superintendencia de Sociedades ecobajamo, para promover Pá ma 16 empr:SSIb Línea inico do SIOIICIÓO al ciudadano; 01-8000 - 1143 10 Tel Sogotí; 16011 2101000 Colombia 0 (1 COLOMBIA POTENCIA DE LA SUPERINTENDENCIA VIDA DE SOCIEDADES 20.32 Definir la forma, detalle y términos en la que se podrá solicitar información contable, financiera, administrativa, económica y jurídica sobre operaciones específicas de las cámaras de comercio. 20.33 Determinar la necesidad de la preparación y presentación de estados financieros de periodos intermedios por parte de las cámaras de comercio, según los lineamientos que para el efecto establezca el Superintendente. 20.34 Imponer sanciones o multas, sucesivas o no, incluyendo sanciones alternativas que permitan conmutar el pago de una sanción pecuniaria por el cumplimiento de una obligación de hacer, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia, la ley o los estatutos sociales, dentro de los asuntos de su competencia y conforme a la normatividad vigente. 20.35 Llevar el registro de las remisiones a otras autoridades que efectúen las dependencias adscritas a la Delegatura, con las copias que acrediten la presunta ocurrencia de conductas punibles y gestionar los soportes que hayan dado lugar a la remisión. La Delegatura tendrá a su cargo atender cualquier solicitud o requerimiento posterior relacionado con la compulsa efectuada. 20.36 Informar al Superintendente de Sociedades de los traslados que a otras autoridades se efectúen y realizar remisiones periódicas a la Jefatura de la Oficina Asesora Jurídica para la consolidación de las actuaciones. 20.37 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en la Política de Gestión Integral para la Gestión Socialmente Responsable de la Entidad, de acuerdo con la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia. 20.38 Adoptar medidas de control e impulso de procesos, según los lineamientos que para el efecto establezca el Superintendente de Sociedades. 20.39 Dirigir los lineamientos en la puesta en marcha de las Recomendaciones Administrativas sobre la presentación de¡ reporte de Sostenibilidad en los términos establecidos en el Capítulo XV de la Circular Básica Jurídica por parte de las Entidades Empresariales contempladas en el punto 5 del Capítulo XV de la Circular Básica Jurídica. 20.40 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el Superior Inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.