Artículo segundo. Con base en el mayor producto de las rentas de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- a la Ley de Apropiaciones vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 2° Presidencia de la República. Al artículo 9° Para sueldos de la Presidencia de la República, así: Presidente de la República, personal directivo, personal técnico, oficina de Planificación Económica (Decreto legislativo 1928 de 1951), personal auxiliar y persona de administración y servicios, en el año $ 150.000.00 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO CAPITULO 37 Gastos varios. Al artículo 318-C. Para pagar a los empleados nacionales residentes en Neiva, la prima olímpica ordenada por el Decreto extraordinario número de 1952 con motivo del VIII Campeonato Nacional de Basketball celebrado en la ciudad y según distribución que hará el Ministerio de Hacienda-y Crédito Público por medio de resolución $ 60.099.85 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 97 Auxilios. Departamento del Huila. Al artículo 1400-A. Para la construcción del Estadio de Neiva, auxilio ordenado por el Decreto extraordinario número de 1952 $ 100.000.00 Total $ 310.099.85
Decreto 3118 de 1952 →Vigente
Artículo 9
Para Sueldos De La Presidencia De La República, Así: Presidente De La República, Personal Directivo, Personal Técnico, Oficina De Planificación Económica (Decreto Legislativo 1928 De 1951), Personal Auxiliar Y Persona De Administración Y Servicios, En El Año $ 150
Decreto 3118 de 1952 · Por el cual se abren unos créditos adicionales- suplementales y extraordinarios - al Presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Gobierno, Hacienda y Crédito Público y Educación Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.