Micelio

Artículo 7

Ley 58 de 1981 · por la cual se dictan normas y requisitos para crear, suprimir y funcionar juzgados y empleos subalternos en las oficinas judiciales, determinar el área territorial de los distritos y circuitos y fijar, por razón de la cuantía la competencia de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, de los Tribunales y Juzgados.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Compete al Ministerio de Justicia, por intermedio de la División Asistencia de la Rama Jurisdiccional, la recopilación de información y estadísticas y el análisis y elaboración de los estudios que servirán de base para el desarrollo del ordinal 3º. del Acto legislativo número 1 de 1979.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 58 de 1981