Micelio

Artículo 2.2.3.6.4.1

Objetivo Y Campo De Aplicación

Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objetivo y Campo de aplicación. Las medidas señaladas en el presente decreto para propiciar el uso racional y eficiente de energía eléctrica se aplicarán, en los siguientes productos y procesos:

1.

En los productos utilizados en la transformación de energía eléctrica tanto de fabricación nacional como importados, para su comercialización en Colombia:

a)

Transformadores de potencia y de distribución eléctrica;

b)

Generadores de energía eléctrica.

2.

En los productos destinados para el uso final de energía eléctrica, tanto de fabricación nacional como importados, para su comercialización en Colombia, en los siguientes procesos:

a)

Iluminación;

b)

Refrigeración;

c)

Acondicionamiento de aire;

d)

Fuerza motriz;

f)

Calentamiento de agua para uso doméstico;

g)

Calentamiento para cocción.

3.

Las edificaciones donde funcionen entidades públicas.

4.

Las viviendas de interés social.

5.

Los sistemas de alumbrado público.

6.

Los sistemas de iluminación de semaforización.

(Decreto 2501 de 2007, artículo 1°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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