Micelio

Artículo 21

Funciones De La División De Estudios Y Programación De La Superintendencia Delegada Para Los Servicios De Salud

Decreto 2165 de 1992 · por el cual se reestructura la Superintendencia Nacional de Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 21. Funciones de la División de Estudios y Programación de la Superintendencia Delegada para los Servicios de Salud. - La División de Estudios y Programación de la Superintendencia Delegada para los Servicios de Salud cumplirá las siguientes funciones

1.

Diseñar y aplicar instrumentos y metodologías de análisis para la realización de estudios y para la evaluación de proyectos que sustenten los conceptos que debe emitir la Superintendencia Delegada de Servicios de Salud, así como efectuar su seguimiento y verificación;

2.

Diseñar, desarrollar y mantener un banco de información para el cumplimiento de las funciones institucionales en el área de competencia de la Superintendencia Delegada para los Servicios de Salud;

3.

Las demás que se le asignen y correspondan a la naturaleza de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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