ARTICULO 112. Todas las acciones disciplinarias que se adelanten contra un servidor público de la Fiscalía General de la Nación, deberán ser comunicadas a la Dirección Administrativa correspondiente al nivel territorial en el cual se encuentre laborando, para los fines pertinentes.
Decreto 2699 de 1991 →Vigente
Artículo 112
Todas Las Acciones Disciplinarias Que Se Adelanten Contra Un Servidor Público De La Fiscalía General De La Nación, Deberán Ser Comunicadas A La Dirección Administrativa Correspondiente Al Nivel Territorial En El Cual Se Encuentre Laborando, Para Los Fines Pertinentes
Decreto 2699 de 1991 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.