Micelio

Artículo 4

Cuando En Un Instrumento Se Consignen Dos O Mas Actos O Contratos, Solo Se Cobrara El Derecho Correspondiente Al Acto O Contrato Que Legalmente Cause El Derecho Mas Alto, Según La Tarifa Establecida, Siempre Que Tales Actos O Contratos Se Celebren Entre Las Mismas Partes, Sean Conexos O Se Refieran A Los Mismos Bienes

Decreto 1366 de 1962 · Por el cual se reglamentan la Ley 1a de 1962 y el Decreto legislativo número 3346 de 1959.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Cuando en un instrumento se consignen dos o mas actos o contratos, solo se cobrara el derecho correspondiente al acto o contrato que legalmente cause el derecho mas alto, según la tarifa establecida, siempre que tales actos o contratos se celebren entre las mismas partes, sean conexos o se refieran a los mismos bienes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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