Micelio

Artículo 17

Decreto 1124 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio del Medio Ambiente y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fondo Nacional Ambiental. El Fondo Nacional Ambiental -Fonam- creado por el artículo 87 de la Ley 99 de 1993, adscrito al Ministerio de Medio Ambiente, estará constituido por todos los demás fondos ambientales existentes a la fecha de expedición de presente Decreto, -con excepción del Fondo de Compensación Ambiental-, los cuales se fusionan y se transforman en subcuentas del Fonam.

Parágrafo

El producto de las multas que imponga el Ministerio del Medio Ambiente o la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, ingresarán al Fondo Nacional Ambiental -Fonam- para financiar proyectos, planes y programas en materia de recursos naturales renovables y medio ambiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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