Micelio

Artículo 1

Ley 12 de 1931 · POR LA CUAL SE CONFIEREN UNA AUTORIZACIONES AL GOBIERNO, RELACIONADAS CON LAS MINAS DE MUZO Y COSCUEZ

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para celebrar contratos de arrendamiento o de administración de las minas de Muzo y Coscuez, ubicadas en el Departamento de Boyacá, así como también para celebrar contratos de explotación, talla y venta de los productos de dicha minas.

Parágrafo

El Gobierno queda autorizado para nombrar las personas que deban intervenir en su representación, en el desarrollo de dichos contratos y para fijarles las remuneraciones correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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