Micelio

Artículo 12

Decreto 1749 de 1996 · por el cual se aprueba el programa de venta de las acciones emitidas por Cerro Matoso S.A. de propiedad del Estado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento de venta de las acciones a que se refiere el ordinal 2 del artículo 3°. Las acciones a que se refiere el ordinal 2 del artículo 3° de éste Decreto se venderán por medio de uno o varios martillos en una o varias de las bolsas de valores del país, por cuenta del Fideicomiso en el cual se encuentran las acciones y de conformidad con los reglamentos de funcionamiento de los mismos y las reglas para su operación fijadas por la Superintendencia de Valores.

Parágrafo

En desarrollo del deber de las sociedades comisionistas de conocer a su cliente, las mismas deberán requerir información a aquellas personas que estén interesadas en comprar el cinco por ciento o más de las acciones en circulación de Cerro Matoso S. A., sobre el origen de los fondos que emplearán para el efecto. Si las sociedades comisionistas encuentran debidamente acreditado el origen de los fondos, lo informarán a la Bolsa para que la misma realice la verificación correspondiente. Las bolsas de valores, suministrarán la información que en esta materia le indique la Sociedad Fiduciaria Industrial S. A., en la forma en que ésta señale.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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