Micelio

Artículo 5

Denomínase Concesionista La Beneficencia, Lotería O Servicio Seccional De Salud En Los Territorios Nacionales, Que Celebra Contratos De Concesión, Con Particulares Para La Ejecución Del Juego De Apuestas Permanentes

Decreto 421 de 1982 · Por el cual se reglamenta la Ley 1° de 1982

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Denomínase Concesionista la beneficencia, lotería o Servicio Seccional de Salud en los Territorios Nacionales, que celebra contratos de concesión, con particulares para la ejecución del Juego de Apuestas Permanentes. Denomínase Concesionario la persona natural o jurídica que celebra contrato de concesión con una lotería o beneficencia o con los Servicios Seccionales de Salud en los Territorios Nacionales, para la ejecución del Juego de Apuestas Permanentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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