Micelio

Artículo 5

Alcance

Ley 2621 de 2026 · Por medio del cual se fomenta la participación de las mujeres en los espectáculos públicos musicales y se dictan otras disposiciones - Súbeles a Ellas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El cupo de mujeres se entenderá cumplido cuando, en la programación de los espectáculos públicos musicales financiados totalmente con recursos públicos, se cumplan los siguientes hechos:

1.

Propuestas artísticas solistas de mujeres, independientemente de cómo esté compuesta la banda que acompañe.

2.

Agrupaciones o bandas de música integradas (únicamente por mujeres.

3.

Agrupaciones o bandas de integración mixta, que cuenten con un número de integrantes mujeres de un treinta por ciento (30%), o superior a este.

4.

Agrupaciones o bandas de música dirigidas por una o varias mujeres.

Parágrafo

Cuando la aplicación del porcentaje de participación de mujeres (20%, 30% o 40%) arroje un número fraccionado, el cálculo se aproximará a la unidad entera más próxima, y en los casos en que el primer decimal sea cinco (5), se aplicará la unidad inmediatamente superior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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