°. Apruébase el Acuerdo número 004 de febrero 3 de 1997 proferido por la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 028 de 1997, que a la letra dice: “ACUERDO NUMERO 004 DE 1997 (febrero 3) por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996. La Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 14 de la Ley 314 del 20 de agosto de 1996, CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva de Caprecom, mediante Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996 adoptó la Planta de Personal de Empleos Públicos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom; Que los Códigos correspondientes a los cargos de Subdirector General de Establecimiento Público y Jefe de Sección fueron señalados erróneamente en el artículo 1º del mencionado Acuerdo; Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio 6897 de enero 29 de 1997 emitió concepto favorable de viabilidad presupuestal para modificar la planta de personal, la cual constará de 1.800 cargos; Que es indispensable ajustar el Acuerdo número 028 de 1996 a la viabilidad presupuestal emitida por el Ministerio de Hacienda, ACUERDA: Artículo 1° . Modificar en el artículo 1º del Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996, lo relacionado con los códigos de los cargos de Subdirector General de Establecimiento Público y de Jefe de Sección, los cuales quedarán así: "Denominación del cargo Código Grado (··) Subdirector General de Establecimiento Público 0040 03 (··) Jefe Sección 2075 06" Artículo 2 º. Modificar el artículo 4º del Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996, el cual quedará, así: "Artículo 4º. La Planta Global de Trabajadores Oficiales de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, será de 1.618 (un mil seiscientos dieciocho) cargos de tiempo completo. Cuando la Junta Directiva de Caprecom apruebe la planta de personal de trabajadores oficiales, y en particular para los cargos de Profesionales en Salud que se desempeñen como Médicos u Odontólogos, sean éstos Generales o Especializados, se entenderá que dos cargos de medio tiempo equivalen a un cargo de tiempo completo". Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional; modifica en lo pertinente el artículo 1º del Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996, y deroga el artículo 4º del precitado Acuerdo.
Artículo 2
Apruébase El Acuerdo Número 004 De Febrero 3 De 1997 Proferido Por La Junta Directiva De La Caja De Previsión Social De Comunicaciones, Caprecom, Por El Cual Se Modifica Parcialmente El Acuerdo Número 028 De 1997, Que A La Letra Dice: “acuerdo Numero 004 De 1997 (Febrero 3) Por El Cual Se Modifica Parcialmente El Acuerdo Número 028 De Noviembre 7 De 1996
Decreto 611 de 1997 · Por el cual se aprueban los Acuerdos número 028 de 1996, número 004 de 1997 y número 005 de 1997, de la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.