Micelio

Artículo 2

Ley 61 de 1921 · Sobre asuntos fiscales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministro del Tesoro ordenara directamente a cualquiera de los responsables del Erario, de que trata el artículo 24 de la Ley 36 de 1918 , el reintegro de los saldos en caja no invertidos, que dicho artículo previene, cuando tenga, conocimiento de que tal reintegro no ha sido efectuado en oportunidad; y podrá imponer multas hasta de cien pesos ($100) a los responsables de tal infracción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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