Micelio

Artículo 2.2.6.7.3.6.2

Activación De Los Ctjt O Subcomités Territoriales

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Activación de los CTJT o subcomités territoriales. Una vez incluida una comunidad o el grupo de personas en el RUV por el hecho victimizante de confinamiento, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas informará de la inclusión a la entidad territorial en donde ocurrió el evento. La entidad territorial deberá convocar de manera expedita al CTJT o Subcomités territoriales con el fin de coordinar la gestión de la oferta para los derechos a (i) salud; (ii) educación; (iii) alimentación; (iv) alojamiento; (v) identificación; (vi) libertad de circulación; y, (vii) demás oferta institucional básica para contribuir al goce de los derechos de las personas afectadas por el confinamiento.

Parágrafo

En el marco del CTJT o del Subcomité Territorial que se active, la entidad territorial y las entidades del SNARIV deberán socializar las acciones que realizarán y la oferta disponible para la atención del confinamiento. En estos espacios también se articulará con los equipos humanitarios locales y se programarán las intervenciones por parte de cada entidad.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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