Micelio

Artículo 57

Evaluación Y Control

Ley 1448 de 2011 · por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de la Protección Social o la Superintendencia Nacional de Salud, según el caso, ejercerá la evaluación y control sobre los aspectos relativos a:

1.

Número de pacientes atendidos.

2.

Acciones médico-quirúrgicas.

3.

Suministros e insumos hospitalarios gastados.

4.

Causa de egreso y pronóstico.

5.

Condición del paciente frente al ente hospitalario.

6.

El efectivo pago al prestador.

7.

Negación de atención oportuna por parte de prestadores o aseguradores.

8.

Las condiciones de calidad en la atención por parte de IPS, EPS o regímenes exceptuados.

9.

Los demás factores que constituyen costos del servicio, de conformidad con lo dispuesto en la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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