°. A partir del 1° de enero de 2008, la remuneración mensual de los Procuradores Judiciales II ante los Tribunales: Superiores de Distrito Judicial, Contencioso Administrativo, Penal Militar, Nacional, ante Jurisdicción Agraria, de Menores y Familia, será de: Seis millones ochocientos siete mil doscientos cuarenta y cuatro pesos ($6.807.244) moneda corriente, distribuida así: ASIGNACION BASICA 2.670.898 GASTOS DE REPRESENTACION 2.670.898 PRIMA ESPECIAL 1.465.448
Decreto 661 de 2008 →Vigente
Artículo 8
A Partir Del 1° De Enero De 2008, La Remuneración Mensual De Los Procuradores Judiciales Ii Ante Los Tribunales: Superiores De Distrito Judicial, Contencioso Administrativo, Penal Militar, Nacional, Ante Jurisdicción Agraria, De Menores Y Familia, Será De: Seis Millones Ochocientos Siete Mil Doscientos Cuarenta Y Cuatro Pesos ($6
Decreto 661 de 2008 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.