Artículo segundo. Créase a partir del 1° de mayo presente, el siguiente cargo en la Campaña Antituberculosa Nacional: t n Médico-Jefe de la Sección Dispensario anexo al Hospital "Santa Clara", de Bogotá, $ 500.
Decreto 1689 de 1949 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1689 de 1949 · por el cual se suprime un cargo y se crea otro en la Campaña Antituberculosa Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.