Micelio

Artículo 2

Modifícase El Artículo 2º Del Decreto 2285 Del 24 De Septiembre De 1990, En El Sentido De Adoptar A Partir De La Fecha De Publicación Del Presente Decreto, El Dólar De Los Estados Unidos De América Como La Moneda En Que Se Efectuarán Los Pagos Que Debe Realizar El Banco De La República, Por Concepto De Las Sumas A Que Tengan Derecho Los Funcionarios Administrativos De Las Embajadas De Colombia Ante El Gobierno De Los Estados Unidos De América, Organización De Las Naciones Unidas, Onu, Con Sede En Nueva York, Organización De Los Estados Americanos, Oea, Con Sede En Washington Y Los Funcionarios Administrativos De Los Consulados De Colombia En Los Estados Unidos De América

Decreto 2875 de 1991 · por el cual se modifican el Decreto 2285 del 24 de septiembre de 1990 y el articulo 1 del Decreto 2857 del 26 de noviembre de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Modifícase el artículo 2º del Decreto 2285 del 24 de septiembre de 1990, en el sentido de adoptar a partir de la fecha de publicación del presente Decreto, el dólar de los Estados Unidos de América como la moneda en que se efectuarán los pagos que debe realizar el Banco de la República, por concepto de las sumas a que tengan derecho los funcionarios administrativos de las Embajadas de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, Organización de las Naciones Unidas, ONU, con sede en Nueva York, Organización de los Estados Americanos, OEA, con sede en Washington y los funcionarios administrativos de los Consulados de Colombia en los Estados Unidos de América.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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