Micelio

Artículo 7

Los Funcionarios Que Continúen Prestando Sus Servicios En Cargos Cuya Denominación Y Asignación Haya Sido Modificada Por El Presente Decreto No Requerirán Llenar Otra Formalidad Para La Posesión Que La Firma Del Acta, Respectiva Y El Pago Del Impuesto De Timbre Nacional Equivalente A La Diferencia De La Remuneración Correspondiente

Decreto 2949 de 1960 · Por el cual se determina el personal de planta de la Secretaria de Organización e inspección de la Administración Pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los funcionarios que continúen prestando sus servicios en cargos cuya denominación y asignación haya sido modificada por el presente Decreto no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta, respectiva y el pago del impuesto de timbre nacional equivalente a la diferencia de la remuneración correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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