Micelio

Artículo 15

Son Deberes De Los Cónsules Honorarios: A) No Actuar En Contra De Colombia O Sus Nacionales, Bajo Ninguna Circunstancia; B) Abstenerse De Hacer Declaraciones Ante Los Medios De Comunicación Sobre Temas Que Puedan Comprometer A Colombia, Sin Autorización Del Embajador Al Que Corresponda Su Circunscripción; C) Mantener La Confidencialidad Y La Privacidad Sobre Trámites, Bases De Datos Y Archivos En General; D) No Representar Simultáneamente U Ocasionalmente A Un Tercer País

Decreto 1538 de 2004 · por medio del cual se reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias, el servicio consular honorario de Colombia y se dictan otras disposiciones sobre la materia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son deberes de los Cónsules Honorarios

a)

No actuar en contra de Colombia o sus nacionales, bajo ninguna circunstancia;

b)

Abstenerse de hacer declaraciones ante los medios de comunicación sobre temas que puedan comprometer a Colombia, sin autorización del Embajador al que corresponda su circunscripción;

c)

Mantener la confidencialidad y la privacidad sobre trámites, bases de datos y archivos en general;

d)

No representar simultáneamente u ocasionalmente a un tercer país. En casos excepcionales, deberá solicitar el consentimiento expreso de la Embajada correspondiente quien a su vez consultará a las áreas competentes del Ministerio de Relaciones Exteriores;

e)

Contar con un espacio físico donde pueda mantener los archivos de la Oficina Consular Honoraria y que sea adecuado para la atención al público. El espacio en donde se encuentren los archivos y documentos consulares deberá estar separado de otros papeles y documentos relacionados con las actividades particulares que desarrolle el Cónsul Honorario.

f)

Recibir inducción sobre la materia consular en el Ministerio de Relaciones Exteriores o en su defecto, previa autorización, en la Embajada o Consulado que corresponda a la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria.

g)

Asistir por su cuenta a las reuniones programadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores para los Cónsules colombianos de la región geográfica en que esté ubicada la Oficina Consular Honoraria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1538 de 2004