Son deberes de los Cónsules Honorarios
No actuar en contra de Colombia o sus nacionales, bajo ninguna circunstancia;
Abstenerse de hacer declaraciones ante los medios de comunicación sobre temas que puedan comprometer a Colombia, sin autorización del Embajador al que corresponda su circunscripción;
Mantener la confidencialidad y la privacidad sobre trámites, bases de datos y archivos en general;
No representar simultáneamente u ocasionalmente a un tercer país. En casos excepcionales, deberá solicitar el consentimiento expreso de la Embajada correspondiente quien a su vez consultará a las áreas competentes del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Contar con un espacio físico donde pueda mantener los archivos de la Oficina Consular Honoraria y que sea adecuado para la atención al público. El espacio en donde se encuentren los archivos y documentos consulares deberá estar separado de otros papeles y documentos relacionados con las actividades particulares que desarrolle el Cónsul Honorario.
Recibir inducción sobre la materia consular en el Ministerio de Relaciones Exteriores o en su defecto, previa autorización, en la Embajada o Consulado que corresponda a la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria.
Asistir por su cuenta a las reuniones programadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores para los Cónsules colombianos de la región geográfica en que esté ubicada la Oficina Consular Honoraria.