Micelio

Artículo 5

A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Los Cuatro (4) Carteros De La Administración Principal De Correos De Tunja Tendrán Una Asignación Mensual De $ 25 Cada Uno, Y Se Denominarán Carteros Urbanos

Decreto 1781 de 1939 · Por el cual se separan los servicios en la Oficina Postal y Telégrafica de Ambalema, se suprimen una plaza, se crea otra, se le fija la asignación correspondiente, se hace un nombramiento y se modifican unas asignaciones, en el Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir de la fecha del presente Decreto, los cuatro (4) Carteros de la Administración Principal de Correos de Tunja tendrán una asignación mensual de $ 25 cada uno, y se denominarán Carteros Urbanos. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1781 de 1939