Micelio

Artículo 1

Ley 6 de 1874 · Aprobatoria de un contrato celebrado por el poder Ejecutivo de la Unión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébase el contrato celebrado en 2 de octubre de 1873, por el Poder Ejecutivo de la Union i Nicolas Pereira Gamba, reformatorio del artículo 4.° del de 6 de noviembre de 1872, con las siguientes modificaciones : El artículo 1.° así:

1.° El Gobierno nacional conviene en garantizar el 7 por 100 de utilidad anual, deducido de los capitales quo se inviertan en la construccion de una via férrea que deba unir el alto con el bajo Magdalena, i de un puente colgante sobre el rio del mismo nombre, siempre que aquéllos no excedan de 1.500,000.

Art. nuevo. Auxíliase la empresa con la cesion en propiedad de 25,000 hectareas de tierras baldías, en el paraje en que se encuentren, mas inmediato a la línea de los trabajos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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